Gobierno de España. Ministerio de Hacienda Y Función Pública Secretaría General de Presupuestos y Gastos
Unión Europea
  • Accueil
  • > Secretaría General de Fondos Europeos

Secretaría General de Fondos Europeos

Secretaria General: Mercedes Caballero Fernández.

Enlace al Portal de la Transparencia

Adresses

Paseo de la Castellana, 162
28071 Madrid

Teléfono: 91 583 51 40

Fonctions

La Secretaría General de Fondos Europeos es el órgano directivo al que corresponderá, bajo la superior dirección de la persona titular del Ministerio de Hacienda, la dirección, el impulso y la coordinación de las competencias atribuidas al Departamento en relación con la definición de la posición española en las negociaciones para la aprobación y revisión de los sucesivos Marcos Financieros Plurianuales de la Unión Europea, sin perjuicio de las competencias de coordinación atribuidas en su ámbito al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, el diseño, planificación, coordinación y seguimiento de las actuaciones relativas a los fondos europeos y a su financiación y las relaciones presupuestarias con la Unión Europea, la Política de Cohesión y la política económica regional, la política de incentivos regionales, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y, en particular, las funciones que se enumeran a continuación:

  • a) La coordination, par le biais du plan national de reprise, de transformation et de résilience, des actions financées dans le cadre financier pluriannuel et de celles relatives au mécanisme de reprise et de résilience, dans le but de garantir la cohérence entre ces dernières.
  • b) La actuación como autoridad responsable del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ante las instituciones europeas, en los términos que se establezcan en la normativa europea, desarrollando a tal efecto las competencias que legal y reglamentariamente tenga establecidas.
  • c) La coordination avec les ministères, les organismes publics, les communautés autonomes et les autorités locales et les divers autres organismes nationaux et communautaires participant au plan national de reprise, de transformation et de résilience.
  • d) Le suivi des progrès accomplis en ce qui concerne les jalons et les objectifs du plan.
  • e) Les fonctions qui correspondent à l’État membre concernant le tableau de bord prospectif, conformément au cadre réglementaire du mécanisme de reprise et de résilience.
  • f) La présentation des rapports prévus par le cadre réglementaire du mécanisme de reprise et de résilience, des demandes de paiement de la contribution financière, accompagnés de la déclaration d’assurance pertinente et, le cas échéant, de la tranche de crédit prévue par cette dernière, le tout, sur la base des contrôles effectués par l’IGAE. Tout ceci, sur la base des résultats des contrôles effectués, conformément aux dispositions et conditions fixées par le cadre réglementaire du mécanisme de reprise et de résilience mentionné.
  • g) La direction du comité technique du plan national de reprise, de transformation et de résilience, afin d’en coordonner les travaux.
  • h) Les fonctions de secrétariat technique de la conférence sectorielle du plan de reprise, de transformation et de résilience.
  • i) El diseño funcional de los sistemas informáticos necesarios para la gestión y seguimiento de los distintos instrumentos de financiación europeos competencia de esta Secretaría General; la interlocución con la Comisión Europea y los organismos nacionales participantes en lo relativo a intercambios y suministros de información, incluyendo la definición de normas y estándares de intercambio; la planificación y coordinación en colaboración con la Oficina de Informática Presupuestaria y el resto de centros directivos responsables de la ejecución técnica de los distintos proyectos; el diseño y organización de las actividades de soporte y formación de los sistemas resultantes; así como las que se le asignen, en materia de sistemas y tecnologías de información, en los sistemas de gestión y control de los Fondos Europeos.
  • j) El seguimiento estadístico y la explotación de los datos que contengan los sistemas de información de fondos europeos, con objeto de garantizar las funciones de supervisión y seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y los restantes fondos europeos.

De la Secretaría General de Fondos Europeos dependerán directamente la Dirección General de Fondos Europeos y la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Asimismo, de la Secretaría General de Fondos Europeos dependerá directamente una Subdirección General de Sistemas de Información de Fondos Europeos, que ejercerá las funciones recogidas en las letras i) y j).

Como órgano de apoyo y asistencia inmediata de la Secretaría General de Fondos Europeos dependerá un Gabinete Técnico, que tendrá nivel orgánico de Subdirección General.

Para el asesoramiento jurídico de la Secretaría General de Fondos Europeos, existirá una Abogacía del Estado integrada orgánicamente en la del departamento.

La persona titular de la Secretaría General de Fondos Europeos ejercerá la presidencia del Consejo Rector de Incentivos Regionales.